Las instalaciones de cloro, amoniaco y, en general, aquellas relacionadas con la mayoría de los reactivos usados en el tratamiento de agua, ya sea potable, piscina, industrial, residual o de mar, están sujetas, por lo que respecta al Almacenamiento de Productos Químicos, al RAPQ (Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos). Hasta el 25 de octubre de 2017 seguirán siendo de aplicación los RD 379/2001 y RD 105/2010, mientras que a partir de esa fecha estos reglamentos sólo seguirán siendo aplicables en las inspecciones de las instalaciones ya notificadas. A partir del 25 de octubre de 2017, todas las instalaciones nuevas, así como las modificaciones de las existentes, se basarán en el RD 656/2007.
Salvo en los casos de instalaciones de muy reducido tamaño, la mayoría de las restantes necesitan de la redacción de un Proyecto de Legalización o Memoria Técnica, que justifiquen la correcta aplicación del RAPQ. Este Proyecto o Memoria debe ser integrado en el expediente de legalización presentado en la Delegación de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente, para registrar el almacenamiento.
En base a la experiencia adquirida durante los muchos años dedicados a este tipo de instalaciones, Apliclor Water Solutions dispone internamente de un Departamento específico de ingeniería destinado a dichos efectos, desde el cual se asiste a nuestros clientes, empezando en el momento del diseño de la instalación, pasando por su ejecución y acabando con la finalización del proceso de Legalización ante las autoridades competentes en cada caso.